Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón.
BOE-A-2018-1683 · Boletín Oficial del Estado, 2018-02-08 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 10/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 10/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-11-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 35, 2018-02-08
- Entrada en vigor
- 2017-12-21
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 70
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-1683
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Personalidad jurídica, capacidad de obrar y potestades.
- Artículo 3. El término municipal y su alteración.
- Artículo 4. Legitimación procesal.
- Artículo 5. Promoción de actividades de interés común.
- Artículo 6. Títulos honoríficos de la ciudad de Zaragoza.
- Artículo 7. Potestad de autoorganización.
- Artículo 8. Órganos de gobierno y administración.
- Artículo 9. Competencias.
- Artículo 10. Organización.
- Artículo 11. Atribuciones.
- Artículo 12. El Alcalde.
- Artículo 13. Organización.
- Artículo 14. Atribuciones.
- Artículo 15. Los grupos municipales.
- Artículo 16. La Junta de Portavoces.
- Artículo 17. Consejo Jurídico Municipal.
- Artículo 18. Comisiones específicas de asesoramiento.
- Artículo 19. Actuaciones en el marco de intercambio de información entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza.
- Artículo 20. Consejo Bilateral de Capitalidad.
- Artículo 21. Régimen de funcionamiento del Consejo Bilateral de Capitalidad.
- Artículo 22. Funciones del Consejo Bilateral de Capitalidad.
- Artículo 23. Ordenación del territorio.
- Artículo 24. Urbanismo.
- Artículo 25. Patrimonio cultural.
- Artículo 26. Vivienda.
- Artículo 27. Medio ambiente y cambio climático.
- Artículo 28. Residuos domésticos y comerciales.
- Artículo 29. Protección civil.
- Artículo 30. Transportes.
- Artículo 31. Comercio, ferias y mercados.
- Artículo 32. Deporte.
- Artículo 33. Servicios sociales.
- Artículo 34. Igualdad de género y protección de la mujer.
- Artículo 35. Voluntariado cívico.
- Artículo 36. Acción social en materia de drogodependencia y otras adicciones.
- Artículo 37. Infancia y adolescencia.
- Artículo 38. Juventud.
- Artículo 39. Educación.
- Artículo 40. Espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Artículo 41. Turismo.
- Artículo 42. Consumo.
- Artículo 43. Energía.
- Artículo 44. Telecomunicaciones.
- Artículo 45. Industria.
- Artículo 46. Solidaridad y cooperación al desarrollo.
- Artículo 47. Fomento del empleo.
- Artículo 48. Aprobación de ordenanzas y Reglamentos municipales.
- Artículo 49. Aprobación de ordenanzas fiscales.
- Artículo 50. Aprobación del presupuesto municipal.
- Artículo 51. Formas de gestión de los servicios públicos.
- Artículo 52. Participación ciudadana.
- Artículo 53. Información municipal.
- Artículo 54. Régimen de financiación.
- Artículo 55. Participación de la Comunidad Autónoma de Aragón en la financiación del municipio de Zaragoza.
- Artículo 56. Asignaciones derivadas de la aplicación de la normativa sobre participación de los entes locales en los ingresos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Artículo 57. Convenio bilateral económico-financiero entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza.
- Artículo 58. Las competencias delegadas y su financiación.
- Artículo 59. Procedimiento de pago y compensación de deudas.
- Artículo 60. Participación de la Diputación Provincial de Zaragoza en la financiación del municipio de Zaragoza.
- Disposición adicional primera. Función normativa.
- Disposición adicional segunda. Gobierno de Zaragoza.
- Disposición transitoria primera. Cesión de aprovechamientos en planes y proyectos de interés general de Aragón y proyectos supramunicipales.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de los Reglamentos municipales de naturaleza orgánica y régimen transitorio de las normas relativas a las especialidades en materia p…
- Disposición transitoria tercera. Financiación.
- Disposición transitoria cuarta. Convenio bilateral económico-financiero para el periodo 2017-2020.
- Disposición transitoria quinta. Norma técnica de planeamiento de Aragón (NOTEPA).
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Términos genéricos en masculino.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 10/2017?
- Ley 10/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 10/2017?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 10/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.