Artículo 34. Igualdad de género y protección de la mujer.
Artículo 34 de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón. · BOE-A-2018-1683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-21.
Texto consolidado
1. El Ayuntamiento de Zaragoza se dotará de un Plan Municipal de Igualdad, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad y eliminar la discriminación por razón de sexo y género, que será revisado periódicamente.
2. Las políticas, estrategias y programas de competencia del municipio de Zaragoza integrarán, en su formulación, desarrollo y evaluación, las distintas necesidades de mujeres y hombres y las medidas necesarias para abordarlas adecuadamente.
3. Los servicios sociales especializados en materia de igualdad del Ayuntamiento de Zaragoza atenderán a las mujeres víctimas de violencia mediante programas específicos de asesoramiento jurídico, social y psicológico.
4. El Ayuntamiento de Zaragoza creará y gestionará alojamientos de acogida que atenderán tanto a las mujeres víctimas de la violencia de género que deban abandonar sus hogares como a los hijos menores a su cargo, de acuerdo con la normativa vigente y los programas específicos aprobados al efecto.