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Ley Vigente

Artículo 35. Voluntariado cívico.

Artículo 35 de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón. · BOE-A-2018-1683

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-21.

Texto consolidado

1. El Ayuntamiento de Zaragoza impulsará un programa de información y fomento del voluntariado, analizará los recursos existentes en la materia, realizará investigaciones y estudios sobre voluntariado cívico, colaborará con las entidades privadas en la formación y perfeccionamiento del voluntariado, asesorará técnicamente a entidades que lleven a cabo programas de voluntariado social y delegará, en su caso, alguna de estas competencias en entidades colaboradoras.

2. El municipio de Zaragoza contará con su propio Cuerpo de Voluntariado con el objeto de proporcionar a la ciudad la colaboración ciudadana de un colectivo comprometido, organizado, estable, formado y con entidad propia, que ejerza su labor voluntaria en actividades de acogida y servicio público de interés general y ciudadano.

3. Las políticas municipales en materia de voluntariado se desarrollarán manteniendo la coordinación con las políticas autonómicas al respecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-21.

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