Decreto-ley Foral 4/2020, de 29 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19).
BOE-A-2020-6928 · Boletín Oficial del Estado, 2020-07-01 · Comunidad Foral de Navarra
Decreto-ley Foral 4/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Este Decreto-ley Foral regula medidas urgentes en Navarra para mitigar el impacto de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19. Aplica a todos los ciudadanos y entidades de Navarra desde su publicación el 29 de abril de 2020.
Entre las medidas más relevantes, se reduce la cuota de ciertos tributos, como el Impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales y los tributos sobre el juego, en función del tiempo que los establecimientos estuvieron cerrados. También se suspenden los plazos de presentación e ingreso de impuestos como el de Sucesiones y Donaciones, y se amplían los plazos para acogerse a deducciones fiscales relacionadas con la reinversión en vivienda y beneficios extraordinarios. Además, se flexibiliza el uso del Fondo de Educación y Promoción de las cooperativas, permitiendo su uso para financiar actividades que ayuden a paliar los efectos de la crisis. Por último, se establecen ayudas directas para trabajadores autónomos afectados por la reducción de ingresos, con requisitos específicos para su acceso.
Este Decreto-ley Foral no está derogado y se mantendrá en vigor mientras se considere necesaria su aplicación.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley Foral 4/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-04-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 181, 2020-07-01
- Entrada en vigor
- 2020-05-04
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-6928
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por los Reales Decretos 465/2020, de 17 de marzo, y 492/2020, de 24 de abril, y prorrogado por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, 487/2020, de 10 de abril, y 492/2020, de 24 de abril, se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Tras las prórrogas, la vigencia del estado de alarma ha quedado fijada hasta las 00:00 horas del día 10 de mayo de 2020.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Tributos sobre el juego.
- Artículo 3. Impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales.
- Artículo 4. Cómputo del plazo de presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y al Impuesto sobre Trans…
- Artículo 5. Cómputo del plazo para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual.
- Artículo 6. Ampliación de los plazos de reinversión de beneficios extraordinarios y de materialización de la Reserva Especial para Inversiones.
- Artículo 7. Deducción por creación de empleo generada en 2018 y en 2019.
- Artículo 8. Flexibilización de forma temporal del uso del Fondo de Educación y Promoción de las Cooperativas.
- Disposición adicional primera. Modificación de la Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanit…
- Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley Foral del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Disposición adicional tercera. Tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios…
- Disposición adicional cuarta. Obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal.
- Disposición adicional quinta. Modificación del artículo 2 del Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generad…
- Disposición adicional sexta. Modificación del apartado 1 del artículo 3 de la Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto …
- Disposición adicional séptima. Modificación del artículo 7 del Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto genera…
- Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
- Disposición final primera. Remisión al Parlamento de Navarra.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor y vigencia.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 7 de mayo de 2020 |
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley Foral 4/2020?
- Decreto-ley Foral 4/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley Foral 4/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley Foral 4/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.