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Decreto-ley Foral Vigente

Disposición adicional cuarta. Obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal.

Disposición adicional cuarta del Decreto-ley Foral 4/2020, de 29 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19). · BOE-A-2020-6928

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-04.

Texto consolidado

Los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal a que se refiere la disposición adicional trigésima tercera de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, cuyo deber de declaración haya nacido, en los términos reglamentariamente establecidos, entre el 25 de junio de 2018 y el 31 de diciembre de 2020 deberán ser objeto de declaración en los plazos que establezca la persona titular del departamento competente en materia tributaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-04.

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