Convenio entre el Reino de España y Rumanía para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la evasión y elusión fiscales y su Protocolo, hecho en Bucarest el 18 de octubre de 2017.
BOE-A-2020-15493 · Boletín Oficial del Estado, 2020-12-03 · Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
BOE-A-2020-15493 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Acuerdo Internacional
- Fecha de la disposición
- 2017-10-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 316, 2020-12-03
- Entrada en vigor
- 2021-01-14
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-15493
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reino de España y Rumanía,
Con el deseo de seguir desarrollando sus relaciones económicas y de reforzar su cooperación en materia tributaria,
Con la intención de concluir un Convenio para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la evasión y elusión fiscales, sin generar oportunidades para la no imposición o para una imposición reducida mediante evasión o elusión, incluida la práctica de la búsqueda del acuerdo más favorable que persigue la obtención de los beneficios previstos en este Convenio para favorecer indirectamente a residentes de terceros Estados,
Índice del articulado
- Artículo 1. Personas comprendidas.
- Artículo 2. Impuestos comprendidos.
- Artículo 3. Definiciones generales.
- Artículo 4. Residente.
- Artículo 5. Establecimiento permanente.
- Artículo 6. Rentas inmobiliarias.
- Artículo 7. Beneficios empresariales.
- Artículo 8. Transporte marítimo y aéreo.
- Artículo 9. Empresas asociadas.
- Artículo 10. Dividendos.
- Artículo 11. Intereses.
- Artículo 12. Cánones.
- Artículo 13. Ganancias de capital.
- Artículo 14. Rentas del trabajo.
- Artículo 15. Remuneración de consejeros.
- Artículo 16. Artistas y deportistas.
- Artículo 17. Pensiones.
- Artículo 18. Función Pública.
- Artículo 19. Estudiantes y personas en prácticas.
- Artículo 20. Otras rentas.
- Artículo 21. Eliminación de la doble imposición.
- Artículo 22. No discriminación.
- Artículo 23. Procedimiento amistoso.
- Artículo 24. Intercambio de información.
- Artículo 25. Asistencia en la recaudación.
- Artículo 26. Miembros de misiones diplomáticas y de oficinas consulares.
- Artículo 27. Entrada en vigor.
- Artículo 28. Denuncia.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta en relación | , notificación de conclusión de procedimiento interno efectuada por España, en BOE núm. 147, de 21 de junio de 2022 |
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2020-15493?
- BOE-A-2020-15493 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2020-15493?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2020-15493?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.