El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 19. Estudiantes y personas en prácticas.

Artículo 19 del Convenio entre el Reino de España y Rumanía para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la evasión y elusión fiscales y su Protocolo, hecho en Bucarest el 18 de octubre de 2017. · BOE-A-2020-15493

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-14.

Texto consolidado

Las cantidades que reciba para cubrir sus gastos de mantenimiento, estudios o formación práctica un estudiante o una persona en prácticas que sea o haya sido inmediatamente antes de llegar a un Estado contratante residente del otro Estado contratante, y que se encuentre en el Estado mencionado en primer lugar con el único fin de proseguir sus estudios o formación práctica, no pueden someterse a imposición en ese Estado, siempre que dichas cantidades provengan de fuentes situadas fuera del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-14.

Más artículos de BOE-A-2020-15493

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2020-15493 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.