Resolución de 24 de abril de 2013, del Instituto Social de la Marina, sobre condiciones que deben reunir los centros de formación y procedimiento de homologación de centros privados para la impartición de formación sanitaria específica.
BOE-A-2013-5748 · Boletín Oficial del Estado, 2013-05-31 · Ministerio de Empleo y Seguridad Social
BOE-A-2013-5748 está derogada desde el 2026-01-01: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2013-04-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 130, 2013-05-31
- Entrada en vigor
- 2013-06-01
- Departamento
- Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2026-01-01
- Consolidado actualizado
- 2026-01-05
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-5748
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 14 del Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, establece que los capitanes, patrones y el personal encargado de la utilización, control y mantenimiento del botiquín a bordo deberán recibir una formación sanitaria específica que se actualizará obligatoriamente con una periodicidad máxima de cinco años, y que dicha formación, así como el reciclaje periódico deberán estar acreditados mediante la posesión de los correspondientes certificados de formación sanitaria.
Índice del articulado
- Primero. Tipos de formación.
- Segundo. Condiciones generales de los centros de impartición de formación sanitaria específica.
- Tercero. Certificaciones.
- Cuarto. Actas.
- Quinto. Tipos de homologación de centros privados.
- Sexto. Solicitud de homologación de centros privados.
- Séptimo. Inspección del centro privado, previa a la homologación.
- Octavo. Resolución de homologación.
- Noveno. Validez de la homologación y prórroga.
- Décimo. Desarrollo de los cursos por los centros homologados en la modalidad estable.
- Undécimo. Desarrollo de los cursos por los centros homologados en la modalidad itinerante.
- Duodécimo. Medios humanos.
- Decimotercero. Censo de centros homologados.
- Decimocuarto. Control y seguimiento de los centros homologados.
- Decimoquinto. Suspensión o retirada de la homologación.
- Decimosexto. Vigencia acreditación docente.
- Decimoséptimo. Derogación normativa.
- Decimoctavo. Entrada en vigor y efectos.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | , por Resolución de 15 de diciembre de 2025 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2013-5748?
- BOE-A-2013-5748 está derogada desde el 2026-01-01: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2013-5748?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2013-5748?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.