Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
BOE-A-2020-13495 · Boletín Oficial del Estado, 2020-11-04 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real Decreto 958/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 958/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-11-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 291, 2020-11-04
- Entrada en vigor
- 2020-11-05
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 51
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-13495
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, estableció el marco regulatorio de la actividad de juego de ámbito estatal. La citada ley, además de ofrecer seguridad jurídica a operadores y participantes, tiene como objetivo primordial la salvaguarda de diversos intereses de carácter público, entre los que cabe destacar la prevención de conductas adictivas, la protección de los derechos de las personas menores de edad y otros grupos especialmente vulnerables y, en general, la protección de las personas consumidoras.
En esta regulación se reconoce la importancia de garantizar la protección de esos intereses públicos en diversos ámbitos, entre los que pueden destacarse los que se incluyen en los artículos 4, 7 y 8 de la misma y cuyo desarrollo constituye el objeto último del presente Real Decreto.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Colaboración y coordinación institucional.
- Artículo 5. Régimen jurídico de las comunicaciones comerciales.
- Artículo 6. Sujeción a autorización previa.
- Artículo 7. Principio de identificación de las comunicaciones comerciales y del anunciante.
- Artículo 8. Principio de veracidad.
- Artículo 9. Principio de responsabilidad social.
- Artículo 10. Principio de juego seguro.
- Artículo 11. Principio de protección de menores de edad.
- Artículo 12. Actividades de patrocinio.
- Artículo 13. Actividades de promoción.
- Artículo 14. Aplicaciones de juego gratuito.
- Artículo 15. Aparición de personas o personajes de relevancia o notoriedad pública en comunicaciones comerciales.
- Artículo 16. Sistemas de exclusión publicitaria.
- Artículo 17. Comunicaciones comerciales a través de medios presenciales.
- Artículo 18. Comunicaciones comerciales en servicios de comunicación audiovisual.
- Artículo 19. Reglas de difusión de comunicaciones comerciales durante acontecimientos en directo en servicios de comunicación audiovisual.
- Artículo 20. Reglas de difusión de comunicaciones comerciales de apuestas mutuas, de loterías instantáneas o presorteadas y de bingo en servicios de comunicación audiovisual.
- Artículo 21. Reglas de difusión de comunicaciones comerciales de concursos en servicios de comunicación audiovisual.
- Artículo 22. Reglas de difusión de comunicaciones comerciales de loterías de efecto diferido y rifas en servicios de comunicación audiovisual.
- Artículo 23. Comunicaciones comerciales en servicios de la sociedad de la información.
- Artículo 24. Comunicaciones comerciales a través de correo electrónico u otros medios equivalentes.
- Artículo 25. Reglas de difusión de comunicaciones comerciales audiovisuales en servicios de intercambio de videos a través de plataforma.
- Artículo 26. Reglas específicas sobre comunicaciones comerciales en redes sociales.
- Artículo 27. Reglas específicas sobre comunicaciones comerciales emitidas por personas pronosticadoras de apuestas.
- Artículo 28. Acuerdos de corregulación.
- Artículo 29. Política integral de responsabilidad social corporativa y la persona responsable del juego seguro.
- Artículo 30. Obligaciones de información.
- Artículo 31. Información y asistencia sobre juego seguro y comportamientos de riesgo.
- Artículo 32. Colaboración con la Administración para la sensibilización y promoción del juego seguro.
- Artículo 33. Estudios sobre juego seguro.
- Artículo 34. Detección de comportamientos de riesgo de las personas usuarias.
- Artículo 35. Suspensión de cuentas de juego por autoprohibición y por autoexclusión.
- Artículo 36. Régimen de supervisión, inspección y control.
- Artículo 37. Responsabilidad.
- Disposición adicional primera. Régimen de determinados sorteos de Lotería Nacional.
- Disposición adicional segunda. Régimen específico de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).
- Disposición adicional tercera. Comunicaciones comerciales sobre actividades de interés público promovidas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A.
- Disposición adicional cuarta. Comunicaciones comerciales sobre finalidades benéficas o de interés general de entidades de naturaleza asociativa o fundacional vinculadas a operad…
- Disposición adicional quinta. Detección de comportamientos de riesgo de los usuarios en 2020 y 2021.
- Disposición adicional sexta. Marcas o nombres comerciales ya promocionados por los operadores de juego.
- Disposición transitoria primera. Adaptación del Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los patrocinios.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación de las campañas publicitarias con personas o personajes de relevancia o de notoriedad pública.
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación de contratos publicitarios suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en lo re…
- Disposición final segunda. Facultad de ejecución y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 958/2020?
- Real Decreto 958/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 958/2020?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 958/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.