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Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características.

BOE-A-2003-13978 · Boletín Oficial del Estado, 2003-07-12 · Ministerio del Interior

Real Decreto 896/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

Esta norma regula la expedición del pasaporte ordinario español y establece sus características. Se aplica a todos los ciudadanos españoles que deseen obtener este documento desde su entrada en vigor el 12 de julio de 2003.

Entre los puntos clave, se establece que todos los españoles tienen derecho a obtener un pasaporte, salvo excepciones como condenas judiciales o restricciones impuestas por la autoridad competente. La gestión y expedición del pasaporte corresponde al Cuerpo Nacional de Policía en España y a las representaciones diplomáticas en el extranjero. Además, se simplifica el proceso de solicitud, reduciendo el plazo de expedición a un máximo de dos días y eliminando algunos trámites innecesarios. El pasaporte tendrá una validez de cinco a diez años, dependiendo de la edad del titular, y se establece la obligación de conservarlo y reportar su pérdida o robo de inmediato.

Finalmente, es importante señalar que esta norma deroga el Real Decreto 3129/1977 y otras disposiciones anteriores relacionadas con la expedición del pasaporte ordinario.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 896/2003
Fecha de la disposición
2003-07-11
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 166, 2003-07-12
Entrada en vigor
2003-07-13
Departamento
Ministerio del Interior
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
15
Identificador BOE
BOE-A-2003-13978
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La normativa que ha venido regulando la expedición del pasaporte ordinario data inicialmente de fechas anteriores a la vigencia de la Constitución, lo que, no obstante haber sido modificada parcialmente en distintas ocasiones con posterioridad, genera determinadas disfunciones a la hora de su aplicación, derivadas tanto de la propia antigüedad de las normas, como de la dispersión de éstas.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 896/2003?
Real Decreto 896/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 896/2003?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 896/2003?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.