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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Naturaleza del pasaporte ordinario y funciones.

Artículo 1 del Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características. · BOE-A-2003-13978

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-13.

Texto consolidado

El pasaporte ordinario español es un documento público, personal, individual e intransferible, expedido por los órganos de la Administración General del Estado que en este real decreto se señalan, que acredita, fuera de España, la identidad y nacionalidad de los ciudadanos españoles salvo prueba en contrario, y, dentro del territorio nacional, las mismas circunstancias de aquellos españoles no residentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-07-13.

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