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Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.

BOE-A-2008-9291 · Boletín Oficial del Estado, 2008-05-30 · Ministerio de Sanidad y Consumo

Real Decreto 823/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula los márgenes, deducciones y descuentos aplicables a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano en España. Se aplica a todos los distribuidores y oficinas de farmacia desde su entrada en vigor el 17 de mayo de 2008.

Los puntos clave incluyen: 1) Se establecen márgenes específicos para la distribución de medicamentos, que varían según el precio de venta al laboratorio, con un margen del 7,6% para precios inferiores a 91,63 euros y un margen fijo para precios superiores. 2) Para las oficinas de farmacia, los márgenes de dispensación también dependen del precio del medicamento, alcanzando hasta un 27,9% para los más económicos y montos fijos para los más caros. 3) Se introducen deducciones en función de las ventas mensuales de las farmacias, lo que puede afectar sus ingresos. 4) Se establece un índice corrector para farmacias que cumplen ciertos requisitos, garantizando su viabilidad económica y acceso a medicamentos en poblaciones pequeñas.

Esta norma deroga el Real Decreto 164/1997 y el Real Decreto 165/1997, actualizando así la regulación anterior sobre márgenes en la distribución y dispensación de medicamentos.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 823/2008
Fecha de la disposición
2008-05-16
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 131, 2008-05-30
Entrada en vigor
2008-05-31
Departamento
Ministerio de Sanidad y Consumo
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
13
Identificador BOE
BOE-A-2008-9291
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 90.1, segundo párrafo, de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, dispone que el Gobierno, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, fijará las cuantías económicas correspondientes a los conceptos de la distribución y dispensación de los medicamentos, de forma general o por grupos o sectores, tomando en consideración criterios de carácter técnico-económico y sanitario.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (6)

Normas a las que afecta (5)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 823/2008?
Real Decreto 823/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 823/2008?
El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 823/2008?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.