Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.
BOE-A-2008-9291 · Boletín Oficial del Estado, 2008-05-30 · Ministerio de Sanidad y Consumo
Real Decreto 823/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula los márgenes, deducciones y descuentos aplicables a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano en España. Se aplica a todos los distribuidores y oficinas de farmacia desde su entrada en vigor el 17 de mayo de 2008.
Los puntos clave incluyen: 1) Se establecen márgenes específicos para la distribución de medicamentos, que varían según el precio de venta al laboratorio, con un margen del 7,6% para precios inferiores a 91,63 euros y un margen fijo para precios superiores. 2) Para las oficinas de farmacia, los márgenes de dispensación también dependen del precio del medicamento, alcanzando hasta un 27,9% para los más económicos y montos fijos para los más caros. 3) Se introducen deducciones en función de las ventas mensuales de las farmacias, lo que puede afectar sus ingresos. 4) Se establece un índice corrector para farmacias que cumplen ciertos requisitos, garantizando su viabilidad económica y acceso a medicamentos en poblaciones pequeñas.
Esta norma deroga el Real Decreto 164/1997 y el Real Decreto 165/1997, actualizando así la regulación anterior sobre márgenes en la distribución y dispensación de medicamentos.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 823/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-05-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 131, 2008-05-30
- Entrada en vigor
- 2008-05-31
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-9291
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 90.1, segundo párrafo, de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, dispone que el Gobierno, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, fijará las cuantías económicas correspondientes a los conceptos de la distribución y dispensación de los medicamentos, de forma general o por grupos o sectores, tomando en consideración criterios de carácter técnico-económico y sanitario.
Índice del articulado
- Artículo 1. Márgenes correspondientes a la distribución de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
- Articulo 2. Márgenes y deducciones correspondientes a la dispensación al público de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
- Artículo 3. Actualización anual de los márgenes.
- Artículo 4. Descuentos de oficinas de farmacia en medicamentos publicitarios.
- Disposición adicional única. Cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 70 de la Ley 29/2006, de 26 de julio.
- Disposición transitoria primera. Distribución y dispensación de existencias con precio antiguo.
- Disposición transitoria segunda. Distribución y dispensación con precios calculados con los márgenes establecidos en este real decreto.
- Disposición transitoria tercera. Precios de facturación al Sistema Nacional de Salud.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1348/2003, de 31 de octubre, por el que se adapta la clasificación anatómica de medicamentos al sistema de clasificación…
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (5)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 823/2008?
- Real Decreto 823/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 823/2008?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 823/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.