Real Decreto 718/2005, de 20 de junio, por el que se aprueba el procedimiento de extensión de convenios colectivos.
BOE-A-2005-11371 · Boletín Oficial del Estado, 2005-07-02 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Real Decreto 718/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula el procedimiento para la extensión de convenios colectivos en España. Aplica a todas las empresas y trabajadores que no estén vinculados por un convenio colectivo, y su entrada en vigor fue el 21 de junio de 2005.
Los puntos clave de este Real Decreto son: primero, establece que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o las comunidades autónomas son competentes para resolver los procedimientos de extensión, dependiendo del ámbito territorial. Segundo, el procedimiento se inicia a solicitud de las partes legitimadas y debe incluir documentación que justifique la necesidad de la extensión. Tercero, se requiere la emisión de informes de organizaciones sindicales y empresariales representativas, así como de un órgano consultivo, para evaluar la procedencia de la extensión. Finalmente, la resolución sobre la extensión debe dictarse en un plazo máximo de tres meses y tendrá efectos desde la fecha de la solicitud.
Esta norma deroga el Real Decreto 572/1982 y otras disposiciones que se opongan a su contenido.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 718/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-06-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 157, 2005-07-02
- Entrada en vigor
- 2005-07-03
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-11371
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 24/1999, de 6 de julio, procedió a modificar el artículo 92.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, referido a la extensión de convenios colectivos, e introdujo cambios sustanciales en su regulación. Como consecuencia de ello, resulta necesario modificar, también sustancialmente, la norma reglamentaria que hasta ahora desarrollaba lo dispuesto en el indicado artículo 92.2 del Estatuto de los Trabajadores, que fue aprobada por el Real Decreto 572/1982, de 5 de marzo.
Razones de seguridad jurídica hacen aconsejable la aprobación de una norma que regule de manera completa el procedimiento de extensión de convenios colectivos, a la vista de la nueva redacción del citado artículo del Estatuto de los Trabajadores, lo que se lleva a cabo mediante este real decreto.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto del procedimiento.
- Artículo 2. Competencia.
- Artículo 3. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 4. Instrucción del procedimiento.
- Artículo 5. Actos de subsanación y preparación del procedimiento.
- Artículo 6. Solicitud de informe a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas.
- Artículo 7. Solicitud de informe del órgano consultivo correspondiente.
- Artículo 8. Resolución.
- Artículo 9. Contenido de la resolución.
- Artículo 10. Renovación de la solicitud.
- Artículo 11. Situaciones posteriores a la extensión.
- Artículo 12. Registro, depósito y publicación.
- Disposición adicional única. Información entre Administraciones públicas.
- Disposición transitoria única. Ámbito de aplicación temporal.
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de aplicación y desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo |
| De conformidad con | Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. |
| De conformidad con | Disposición final primera de la Ley 24/1999, de 6 de julio |
| Deroga | el Real Decreto 572/1982, de 5 de marzo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 718/2005?
- Real Decreto 718/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 718/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.