Real Decreto 581/1982, de 26 de febrero, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia y funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta de su Estatuto de Autonomía.
BOE-A-1982-6884 · Boletín Oficial del Estado, 1982-03-24 · Ministerio de Administración Territorial
Real Decreto 581/1982 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
Esta norma regula el traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia y establece el funcionamiento de la Comisión Mixta encargada de llevar a cabo dicho proceso. Aplica a las administraciones del Estado y de Galicia desde su aprobación el 26 de febrero de 1982.
Los puntos clave incluyen la creación de una Comisión Mixta compuesta por representantes del Gobierno y de la Junta de Galicia, que se encargará de aprobar los acuerdos de transferencia de funciones y servicios. Esta Comisión deberá actuar con rapidez para completar los traspasos en un plazo máximo de dos años. Además, se establecen derechos para los funcionarios que pasen a depender de la Junta, como la preferencia para reingresar al servicio activo en su localidad original y el reconocimiento del tiempo de servicios prestados. También se especifica que los acuerdos de traspaso deben incluir detalles sobre los servicios transferidos, los bienes y derechos asociados, así como la situación del personal afectado. Finalmente, una vez completados todos los traspasos, la Comisión Mixta se disolverá. Esta norma no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 581/1982
- Fecha de la disposición
- 1982-02-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 71, 1982-03-24
- Entrada en vigor
- 1982-04-13
- Departamento
- Ministerio de Administración Territorial
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-1982-6884
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, aprobado por Ley Orgánica uno/mil novecientos ochenta y uno, de seis de abril, determinó las bases para el traspaso de los servicios inherentes a las competencias que según el Estatuto corresponden a la Comunidad Autónoma, en las que se prevé la creación de una Comisión Mixta, paritaria para llevar a efecto dichos traspasos.
Constituida dicha Comisión dentro del plazo legal fijado, se hace necesario establecer las normas adecuadas para su funcionamiento y el desempeño de la función encomendada a este órgano colegial, así como fijar la situación de los funcionarios del Estado adscritos a los servicios que se transfieren a Galicia, situación que será ulteriormente desarrollada por la legislación prevista en el apartado uno del artículo veintiocho del Estatuto de Autonomía para Galicia.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (50)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 581/1982?
- Real Decreto 581/1982 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 581/1982?
- El BOE registra 50 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 581/1982?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.