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Real Decreto 545/1983, de 9 de febrero, por el que se desarrollan determinadas normas del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

BOE-A-1983-7971 · Boletín Oficial del Estado, 1983-03-18 · Ministerio de Justicia

Real Decreto 545/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

Esta norma regula el desarrollo del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, estableciendo la estructura y organización de la Carrera Fiscal en España. Aplica a todos los miembros de la Carrera Fiscal desde su entrada en vigor el 10 de febrero de 1983.

Los puntos clave incluyen la creación de un Cuerpo único de la Carrera Fiscal, que se divide en tres categorías: Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, Fiscales y Abogados Fiscales. Se establece un sistema de escalafón para la integración de los Fiscales de Distrito, así como las normas para la promoción y asignación de destinos. También se especifica que las vacantes en la tercera categoría se cubrirán por antigüedad y que los concursos para provisión de destinos se convocarán cada tres meses, permitiendo a los miembros de la Carrera Fiscal solicitar las plazas disponibles. Además, se establece que los Tenientes Fiscales no podrán ser removidos de su cargo por la llegada de Fiscales más antiguos.

Esta norma no está derogada y sigue vigente en su totalidad.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 545/1983
Fecha de la disposición
1983-02-09
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 66, 1983-03-18
Entrada en vigor
1983-03-19
Departamento
Ministerio de Justicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
16
Identificador BOE
BOE-A-1983-7971
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La vigencia del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, aprobado por Ley 50/1981. de 30 de diciembre, exige la promulgación inmediata de las normas precisas para su desarrollo y aplicación que no admitan la demora prevista en el Real Decreto-Ley 26/1982, de 22 de diciembre.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, oído el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de febrero de 1983,

DISPONGO:

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 545/1983?
Real Decreto 545/1983 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 545/1983?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 545/1983?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.