Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 545/1983, de 9 de febrero, por el que se desarrollan determinadas normas del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. · BOE-A-1983-7971
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-03-19.
Texto consolidado
Los actuales Fiscales de Distrito sustitutos asumirán automáticamente las funciones que el artículo 10 de este Real Decreto atribuye a los Fiscales sustitutos por el tiempo que les reste del período para el que fueron nombrados por las Salas de Gobierno de las Audiencias Territoriales.