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Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, sobre homologación de planes de estudios y títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

BOE-A-2004-1303 · Boletín Oficial del Estado, 2004-01-22 · Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Real Decreto 49/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

Esta norma regula el procedimiento de homologación de planes de estudios y títulos universitarios de carácter oficial en España, asegurando su validez en todo el territorio nacional. Aplica a las universidades españolas desde su entrada en vigor el 20 de enero de 2004.

Los puntos clave incluyen: 1) Las universidades deben elaborar y aprobar sus planes de estudios conforme a directrices generales, y estos deben ser homologados por el Consejo de Coordinación Universitaria antes de que se pueda expedir el título correspondiente. 2) Se establece un procedimiento para la suspensión y revocación de la homologación de títulos en caso de incumplimiento de requisitos básicos, lo que puede llevar a la prohibición de matriculación de nuevos alumnos en esos programas. 3) Las universidades están obligadas a someter sus enseñanzas a evaluación por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, garantizando así la calidad educativa. 4) En caso de revocación, se establecen medidas para que los estudiantes afectados puedan continuar sus estudios en condiciones adecuadas.

Este Real Decreto no está derogado y sigue vigente, aunque deroga disposiciones anteriores que regulaban la homologación de títulos.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 49/2004
Fecha de la disposición
2004-01-19
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 19, 2004-01-22
Entrada en vigor
2004-01-23
Departamento
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
17
Identificador BOE
BOE-A-2004-1303
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 149.1.30.ª de la Constitución atribuye al Estado como competencia exclusiva la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos. Esta competencia viene siendo ejercida por el Gobierno con la finalidad de dotar de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional a los títulos expedidos por las universidades españolas, distinguiéndolos así de otros títulos o diplomas expedidos por universidades, instituciones o centros de educación superior que no gozan de tal carácter.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 49/2004?
Real Decreto 49/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 49/2004?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 49/2004?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.