Real Decreto 435/1992, de 30 de abril, sobre comunicación al Registro Central de Penados y Rebeldes y a la Oficina del Censo Electoral de las condenas que lleven aparejada privación del derecho de sufragio.
BOE-A-1992-10015 · Boletín Oficial del Estado, 1992-05-08 · Ministerio de Justicia
Real Decreto 435/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 435/1992
- Fecha de la disposición
- 1992-04-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 111, 1992-05-08
- Entrada en vigor
- 1992-05-28
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 7
- Identificador BOE
- BOE-A-1992-10015
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
De acuerdo con lo establecido en los artículos 37 y 39 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la formación del Censo Electoral, el Registro de Penados y Rebeldes comunica antes del 1 de febrero de cada año cualquier circunstancia que pueda afectar a la inscripción en el Censo.
Por otra parte, el Real Decreto 159/1987, de 23 de enero, establece que el Registro de Penados y Rebeldes comunicará las inhabilitaciones para el ejercicio del derecho de sufragio acordadas en vía penal, así como los datos mínimos necesarios para la identificación inequívoca del elector.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de abril de 1992,
Índice del articulado
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. |
| De conformidad con | Real Decreto 159/1987, de 23 de enero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 435/1992?
- Real Decreto 435/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 435/1992?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.