Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal.
BOE-A-2015-6838 · Boletín Oficial del Estado, 2015-06-20 · Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Real Decreto 417/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula el funcionamiento y las condiciones de las empresas de trabajo temporal (ETT) en España. Aplica a todas las ETT que deseen operar en el territorio nacional desde su entrada en vigor el 30 de mayo de 2015.
Entre los puntos clave, establece que las ETT deben obtener una autorización administrativa única, válida en todo el país, y que esta autorización se concede sin límite de duración. Además, se introduce la obligación de utilizar medios electrónicos para la tramitación de solicitudes y el cumplimiento de obligaciones informativas, lo que busca modernizar y agilizar los procesos administrativos. También se requiere a las ETT constituir una garantía financiera que debe actualizarse anualmente, asegurando así el cumplimiento de sus obligaciones laborales y de Seguridad Social con los trabajadores cedidos. Por último, se crea un registro público de ETT que facilitará la transparencia y el control de estas empresas.
Cabe destacar que esta norma deroga el anterior Real Decreto 4/1995, que regulaba las ETT, y busca adaptarse a cambios legales recientes y a las necesidades actuales del mercado laboral.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 417/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-05-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 147, 2015-06-20
- Entrada en vigor
- 2015-06-21
- Departamento
- Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-6838
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, procedente del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, del mismo nombre, ha llevado a cabo importantes modificaciones en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, con el objetivo fundamental de adaptarla a lo dispuesto en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, que establece como principio básico el de eficacia nacional de las autorizaciones. Si bien se mantiene en la ley el régimen de autorización, al considerarse que este se encuentra justificado por razones de orden público relacionadas con la lucha contra el fraude, como garantía de los derechos de los trabajadores y del Sistema de Seguridad Social, se simplifica con la supresión de toda limitación en cuanto al ámbito territorial de…
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional única. Aplicación informática y convenios de colaboración.
- Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados.
- Disposición transitoria segunda. Tramitación por medios electrónicos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Fundamento constitucional.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Autorización administrativa.
- Artículo 3. Autoridad laboral competente.
- Artículo 4. Autorización de inicio de actividades.
- Artículo 5. Procedimiento para la extinción de la autorización.
- Artículo 6. Autorización por reanudación de actividades.
- Artículo 7. Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 8. Garantía financiera.
- Artículo 9. Masa salarial.
- Artículo 10. Ejecución de la garantía financiera.
- Artículo 11. Liberación de la garantía.
- Artículo 12. Registros de Empresas de Trabajo Temporal.
- Artículo 13. Asientos registrales.
- Artículo 14. Base de datos central.
- Artículo 15. Contrato de puesta a disposición.
- Artículo 16. Contrato entre la empresa de trabajo temporal y el trabajador.
- Artículo 17. Obligaciones de información a la Administración.
- Artículo 18. Obligaciones de información a la empresa usuaria.
- Disposición adicional primera. Aplicación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Disposición adicional segunda. Contratos de trabajo de primer empleo joven.
- Disposición transitoria única. Números de autorización en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 417/2015?
- Real Decreto 417/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 417/2015?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 417/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.