Real Decreto 4/1995, de 13 de enero, por el que se desarrolla la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
BOE-A-1995-2520 · Boletín Oficial del Estado, 1995-02-01 · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Real Decreto 4/1995 está derogada desde el 2015-06-21: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 4/1995
- Fecha de la disposición
- 1995-01-13
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 27, 1995-02-01
- Entrada en vigor
- 1995-02-02
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2015-06-21
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-2520
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El régimen jurídico de la actividad de las empresas de trabajo temporal ha quedado definitivamente configurado en sus aspectos fundamentales mediante la promulgación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
Uno de los principios esenciales que se han tenido en cuenta a la hora de regular la actividad de las empresas de trabajo temporal ha sido el establecimiento de un conjunto de requisitos que las empresas que pretendan realizar la actividad de trabajo temporal deben reunir, con el fin de asegurar tanto el mantenimiento de los derechos de los trabajadores contratados para ser cedidos a las empresas usuarias como la transparencia en el funcionamiento de las empresas que ejerzan dicho objeto social, muchos de los cuales deben ser objeto de desarrollo reglamentario por imperativo de la propia Ley 14/1994, de 1 de junio.
Índice del articulado
- Artículo 1. Solicitud de autorización administrativa para el inicio de actividades.
- Artículo 2. Procedimiento para la autorización de inicio de actividades.
- Artículo 3. Vigencia inicial e identificación de la autorización administrativa.
- Artículo 4. Procedimiento para la prórroga de la autorización administrativa.
- Artículo 5. Procedimiento para la autorización administrativa por reinicio de actividades.
- Artículo 6. Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Artículo 7. Garantía financiera.
- Artículo 8. Masa salarial.
- Artículo 9. Ejecución de la garantía financiera.
- Artículo 10. Liberación de la garantía.
- Artículo 11. Registro de las Empresas de Trabajo Temporal.
- Artículo 12. Organización y funciones del Registro de Empresas de Trabajo Temporal.
- Artículo 13. Asientos registrales.
- Artículo 14. Contrato de puesta a disposición.
- Artículo 15. Contrato entre la empresa de trabajo temporal y el trabajador contratado para prestar servicios en empresas usuarias.
- Artículo 16. Obligaciones de información a la Administración.
- Artículo 17. Obligaciones de información a la empresa usuaria.
- Disposición adicional primera. Aplicación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Disposición adicional segunda. Modelos de solicitud de autorización.
- Disposición final primera. Autorización al Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 88, de 13 de abril de 1995 |
| Se deroga | Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal. |
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 4/1995?
- Real Decreto 4/1995 está derogada desde el 2015-06-21: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 4/1995?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 4/1995?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.