Disposición transitoria segunda. Tramitación por medios electrónicos.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal. · BOE-A-2015-6838
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-21.
Texto consolidado
Hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se encuentren habilitados los mecanismos que permitan la tramitación del procedimiento por medios electrónicos, podrán seguir realizándose todos los trámites por los medios en que vinieran practicándose a la fecha de entrada en vigor de este real decreto. La relación de contratos de puesta a disposición deberá remitirse en el modelo que se establezca en las disposiciones de desarrollo de este real decreto.