Real Decreto 401/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones para la introducción en el territorio nacional de determinados organismos nocivos, vegetales, productos vegetales y otros objetos, con fines de ensayo, científicos y para la actividad de selección de variedades.
BOE-A-1996-6309 · Boletín Oficial del Estado, 1996-03-19 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 401/1996 está derogada desde el 2021-09-18: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 401/1996
- Fecha de la disposición
- 1996-03-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 68, 1996-03-19
- Entrada en vigor
- 1996-03-20
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-09-18
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-6309
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En el Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, relativo a las medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Económica Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como la exportación y tránsito hacia países terceros, modificado por el Real Decreto 55/1995, de 20 de enero, se establece que:
a) Los organismos nocivos enumerados en sus anexos I y II, tanto solos como asociados con los vegetales o productos vegetales correspondientes que figuran en el anexo II del citado Real Decreto, no pueden ser introducidos ni propagados mediante su transporte dentro de la Unión Europea ni en determinadas zonas protegidas de la misma.
b) Los vegetales, productos vegetales y otros objetos que figuran en su anexo III, no pueden introducirse en la Unión Europea ni en determinadas zonas protegidas de la misma.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Requisitos previos: solicitud de autorización de las actividades.
- Artículo 3. Autorización de las actividades.
- Artículo 4. Autorización para la introducción y transporte del material.
- Artículo 5. Control de las actividades autorizadas.
- Artículo 6. Medidas de cuarentena.
- Disposición adicional primera. Títulos habilitantes.
- Disposición adicional segunda. Centros de confinamiento en cuarentena ubicados en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Directiva 77/93/CEE, de 21 de diciembre de 1976 |
| Cita | Real Decreto 55/1995, de 20 de enero |
| En relación con | el Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre |
| Transpone | la Directiva 95/44/CE, de 26 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 401/1996?
- Real Decreto 401/1996 está derogada desde el 2021-09-18: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 401/1996?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 401/1996?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.