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Real Decreto Derogada

Disposición adicional primera. Títulos habilitantes.

Disposición adicional primera del Real Decreto 401/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones para la introducción en el territorio nacional de determinados organismos nocivos, vegetales, productos vegetales y otros objetos, con fines de ensayo, científicos y para la actividad de selección de variedades. · BOE-A-1996-6309

Atención: Real Decreto 401/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El presente Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.10.ª y 13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias sobre comercio exterior y sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-20.

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