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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 401/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones para la introducción en el territorio nacional de determinados organismos nocivos, vegetales, productos vegetales y otros objetos, con fines de ensayo, científicos y para la actividad de selección de variedades. · BOE-A-1996-6309

Atención: Real Decreto 401/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Por el presente Real Decreto se establecen las condiciones en las que determinados organismos nocivos, vegetales, productos vegetales y otros objetos enumerados en los anexos I a V del Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, pueden ser introducidos y transportados dentro del territorio nacional y, a través del mismo, de la Unión Europea o, en forma específica, de determinadas zonas protegidas de la misma con fines de ensayo o científicos y para la actividad de selección de variedades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-20.

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