Real Decreto 396/2013, de 7 de junio, por el que se regula el Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica.
BOE-A-2013-6657 · Boletín Oficial del Estado, 2013-06-19 · Ministerio de Justicia
Real Decreto 396/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 396/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-06-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 146, 2013-06-19
- Entrada en vigor
- 2013-06-20
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 31
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-6657
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El proceso de modernización de la Administración de Justicia es el resultado de una larga evolución histórica de la que pueden destacarse diversos hitos de relevancia: por una parte, el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia de 2001, la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia aprobada como Proposición no de Ley el 22 de abril de 2002 y el Plan de Transparencia Judicial aprobado por Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2005; y, por otra, diversos instrumentos legales y convencionales como la reforma operada por la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, por la que se reforma la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como el Convenio para el establecimiento del Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad en el ámbito de la Administración de Justicia celebrado el 30 de septiembre de 2009, entre el Ministerio de Justicia, el Consejo…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Naturaleza.
- Artículo 4. Principios.
- Artículo 5. Régimen jurídico.
- Artículo 6. Competencias.
- Artículo 7. Composición.
- Artículo 8. Función consultiva.
- Artículo 9. Estructura.
- Artículo 10. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 11. Composición.
- Artículo 12. Competencias.
- Artículo 13. Funcionamiento.
- Artículo 14. Composición.
- Artículo 15. Competencias.
- Artículo 16. Presidente.
- Artículo 17. Funciones.
- Artículo 18. Secretaría General.
- Artículo 19. Estructura y organización.
- Artículo 20. Funciones.
- Disposición adicional primera. Efectos económicos.
- Disposición adicional segunda. Incorporación de nuevos miembros.
- Disposición adicional tercera. Constitución del Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica.
- Disposición adicional cuarta. Informes consultivos del Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica.
- Disposición adicional quinta. Colaboración con la procura para la práctica electrónica de actos procesales de comunicación y traslados de copias previas entre procuradores de lo…
- Disposición adicional sexta. Recomendaciones de interoperabilidad y seguridad judicial en el ámbito contractual.
- Disposición adicional séptima. Colaboración con los grupos de trabajo sobre la Nueva Oficina Judicial y Nueva Oficina Fiscal.
- Disposición transitoria primera. Continuidad de las actuaciones realizadas en el Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad.
- Disposición transitoria segunda. Sometimiento al Comité técnico de la Administración judicial electrónica de las actuaciones realizadas en el Esquema judicial de interoperabilid…
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 396/2013?
- Real Decreto 396/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 396/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.