Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.
BOE-A-2003-4151 · Boletín Oficial del Estado, 2003-02-28 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 209/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 209/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-02-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 51, 2003-02-28
- Entrada en vigor
- 2003-03-01
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-4151
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La llamada sociedad de la información, es decir, la plena incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación a las actividades sociales y económicas, constituye un factor estratégico esencial para garantizar el desarrollo de nuestro país en un escenario de un vertiginoso progreso de la tecnología y de mundialización de mercados, en el que ya no es posible competir si no es a través de productos con un alto valor añadido.
En ese contexto, las Administraciones públicas están llamadas a desempeñar un papel fundamental para conseguir una efectiva extensión e implantación del uso de las herramientas tecnológicas entre los ciudadanos y, especialmente, entre las pequeñas y medianas empresas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Modificación del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administrac…
- Artículo 3. Modificación del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General d…
- Disposición adicional primera. Modificación del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen los criterios de imagen institucional y se regula la produc…
- Disposición adicional segunda. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el ámbito de la Seguridad Social.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria única. Disposiciones y aplicaciones existentes y plazos para la puesta a disposición de certificados telemáticos o transmisiones de datos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Requisitos técnicos de los registros y notificaciones telemáticas y prestación del servicio de dirección electrónica única.
- Disposición final segunda. Coste económico y entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 209/2003?
- Real Decreto 209/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 209/2003?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 209/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.