Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
BOE-A-2022-5142 · Boletín Oficial del Estado, 2022-04-01 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real Decreto 208/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula las garantías financieras que deben constituir los productores y gestores de residuos en España, en cumplimiento de la Ley 22/2011 sobre residuos y suelos contaminados. Se aplica a todos los actores involucrados en la producción y gestión de residuos, incluyendo empresas y sistemas de responsabilidad ampliada, desde su entrada en vigor el 12 de abril de 2022.
Entre los puntos clave, la norma establece que los sujetos obligados deben constituir garantías financieras para cubrir responsabilidades frente a la administración, daños a personas y bienes, así como para asegurar la recuperación del medio ambiente. Se detallan los tipos de instrumentos financieros que se pueden utilizar, como seguros de responsabilidad civil, avales o fianzas, y se especifican criterios para calcular su cuantía. Además, se establece un plazo de adaptación de ocho años para las garantías vigentes al momento de la entrada en vigor de este decreto. Esta norma no deroga ninguna disposición anterior, pero sí deroga artículos específicos del Real Decreto 833/1988.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 208/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-03-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 78, 2022-04-01
- Entrada en vigor
- 2022-04-21
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-5142
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Los actores que intervienen en las diferentes fases de la producción y gestión de los residuos como los establecimientos y empresas que lleven a cabo operaciones de tratamiento de residuos y, a través de los sistemas de responsabilidad ampliada, los productores de producto sometidos a la misma, deben responder, al igual que el resto de los actores y empresas de cualquier otro sector económico, por las responsabilidades que les puedan ser exigidas para resarcir el perjuicio causado por el desarrollo de su actividad, así como también responder, en su caso, ante la Administración del cumplimiento de las obligaciones que le corresponden.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Finalidades de las garantías financieras a formalizar.
- Artículo 4. Constitución de la fianza.
- Artículo 5. Condiciones de la fianza constituida en las modalidades de aval o garantía en efectivo.
- Artículo 6. Condiciones de la fianza constituida en la modalidad de seguro de caución.
- Artículo 7. Importe de la fianza y su actualización.
- Artículo 8. Formalización del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros o garantía financiera equivalente para hacer frente a las responsabilidades por daños a las pe…
- Artículo 9. Vigencia de las garantías financieras y comprobación del cumplimiento de sus requisitos.
- Artículo 10. Cancelación de las garantías.
- Artículo 11. Ejecución de las garantías.
- Artículo 12. Suministro de información.
- Disposición adicional única. Subsidiariedad de normas.
- Disposición transitoria única. Adaptación de las garantías financieras vigentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 3 y el anexo IV, por Real Decreto 34/2023, de 24 de enero |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 208/2022?
- Real Decreto 208/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 208/2022?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 208/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.