Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.
BOE-A-1996-4997 · Boletín Oficial del Estado, 1996-03-04 · Ministerio para las Administraciones Públicas
Real Decreto 208/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 208/1996
- Fecha de la disposición
- 1996-02-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 55, 1996-03-04
- Entrada en vigor
- 1996-03-05
- Departamento
- Ministerio para las Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-4997
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Desde la promulgación del Decreto 93/1965, de 28 de enero, que regula el Centro de Información Administrativa de la Presidencia del Gobierno y los Servicios de Información Administrativa de los Departamentos ministeriales, la sociedad española ha experimentado importantes cambios, y también han variado de forma sensible los principios que rigen la actuación de las Administraciones públicas. La Constitución española primero y recientemente la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instauran un nuevo concepto de las relaciones entre las Administraciones públicas y los ciudadanos que imponen la necesaria puesta al día de aquella norma.
Índice del articulado
- Artículo 1. La información administrativa.
- Artículo 2. La información general.
- Artículo 3. La información particular.
- Artículo 4. Las funciones de atención al ciudadano.
- Artículo 5. Unidades departamentales de información administrativa.
- Artículo 6. Centro de Información Administrativa.
- Artículo 7. Funciones y cometidos.
- Artículo 8. Oficinas de información y atención al ciudadano en los servicios centrales.
- Artículo 9. Oficinas de información y atención al ciudadano de los órganos territoriales de la Administración General del Estado.
- Artículo 10. Colaboración entre Administraciones públicas.
- Artículo 11. Comisión Interministerial de Información Administrativa. Funciones.
- Artículo 12. Composición.
- Artículo 13. Comisiones Ministeriales de Información Administrativa.
- Artículo 14. Normas de funcionamiento de los órganos colegiados de información administrativa.
- Artículo 15. Definición y objeto.
- Artículo 16. Localización.
- Artículo 17. Composición.
- Artículo 18. Forma de presentación de las quejas o sugerencias.
- Artículo 19. Formulación y remisiones.
- Artículo 20. Tramitación interna.
- Artículo 21. Contestación.
- Artículo 22. Actuaciones de las unidades de Inspección.
- Artículo 23. Seguimiento.
- Artículo 24. Efectos de las quejas.
- Artículos 15 a 24.
- Disposición adicional única. Regulación de la información y atención a los ciudadanos en hospitales e instituciones dependientes del INSALUD.
- Disposición transitoria única. Plazos de adecuación a la normativa de este Real Decreto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Ausencia de aumento de gasto público.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 208/1996?
- Real Decreto 208/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 208/1996?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 208/1996?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.