Artículos 15 a 24.
Artículos 15 a 24 del Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano. · BOE-A-1996-4997
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-09-04.
Texto consolidado
(Derogados)
Se derogan por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio. Ref. BOE-A-2005-14836#ddunica.
Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única.
Más artículos de Real Decreto 208/1996
- ← Artículo 24. Efectos de las quejas.
- → Disposición adicional única. Regulación de la información y atención a los ciudadanos en hospitales e instituciones d…
- Ver la norma completa: Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.