Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos.
BOE-A-2000-79 · Boletín Oficial del Estado, 2000-01-04 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 2070/1999 está derogada desde el 2013-01-18: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2070/1999
- Fecha de la disposición
- 1999-12-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 3, 2000-01-04
- Entrada en vigor
- 2000-01-05
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2013-01-18
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 34
- Identificador BOE
- BOE-A-2000-79
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los progresos científico-técnicos de los últimos años en el campo de la Medicina y de la Biología y, concretamente, en lo relativo al diagnóstico de muerte encefálica, a la preservación de órganos y a la práctica de los trasplantes, hacen precisa la actualización de las disposiciones reglamentarias básicas que regulan estas materias, recogidas, fundamentalmente, en el Real Decreto 426/1980, de 22 de febrero, que desarrolla la Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Normas y principios generales.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Confidencialidad.
- Artículo 6. Educación y formación.
- Artículo 7. Promoción y publicidad.
- Artículo 8. Gratuidad de las donaciones.
- Artículo 9. Donante vivo de órganos: condiciones y requisitos.
- Artículo 10. Extracción de órganos de fallecidos: condiciones y requisitos.
- Artículo 11. Centros de extracción de órganos de donante vivo: requisitos generales y procedimientos para la concesión, renovación y extinción de la autorización de actividades.
- Artículo 12. Centros de extracción de órganos de donantes fallecidos: requisitos y procedimiento para la concesión, renovación y extinción de la autorización de actividades.
- Artículo 13. Transporte de órganos humanos.
- Artículo 14. Entrada o salida de órganos humanos de España para trasplante.
- Artículo 15. Requisitos para autorizar el trasplante de órganos humanos.
- Artículo 16. Procedimiento para la concesión, renovación y extinción de la autorización a los centros de trasplantes de órganos.
- Artículo 17. Centros de trasplante de órganos humanos: requisitos generales mínimos.
- Artículo 18. Centros de trasplante de órganos humanos: requisitos específicos mínimos.
- Artículo 19. Organización Nacional de Trasplantes.
- Artículo 20. Unidades autonómicas, sectoriales y hospitalarias de trasplantes.
- Artículo 21. Comisión Permanente de Trasplantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
- Artículo 22. Inspección, supervisión de actividades y medidas cautelares.
- Artículo 23. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Carácter básico.
- Disposición adicional segunda. Prestaciones de trasplantes en el Sistema Nacional de Salud.
- Disposición adicional tercera. Transporte de material potencialmente peligroso.
- Disposición adicional cuarta. Evaluación y acreditación de centros y servicios.
- Disposición adicional quinta. Supresión de órganos.
- Disposición transitoria única. Pervivencia de la autorización para los centros de extracción y trasplante de órganos humanos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Exclusiones.
- Disposición final segunda. Gasto público.
- Disposición final tercera. Actualizaciones de los protocolos de diagnóstico y certificación de la muerte para la extracción de órganos en donantes fallecidos.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (15)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2070/1999?
- Real Decreto 2070/1999 está derogada desde el 2013-01-18: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2070/1999?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2070/1999?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.