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Real Decreto Derogada

Artículo 6. Educación y formación.

Artículo 6 del Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos. · BOE-A-2000-79

Atención: Real Decreto 2070/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las autoridades sanitarias promoverán la información y educación de la población en materia de donación y trasplantes, los beneficios que suponen para las personas que los necesitan, así como de las condiciones, requisitos y garantías que este procedimiento supone.

2. Asimismo, promoverán la formación continuada de los profesionales sanitarios relacionados con estas actividades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-01-05.

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