Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
BOE-A-1995-27761 · Boletín Oficial del Estado, 1995-12-28 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 1997/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula la conservación de la biodiversidad en España, estableciendo medidas para proteger los hábitats naturales y la fauna y flora silvestres. Aplica a todas las administraciones públicas y ciudadanos desde su entrada en vigor el 8 de diciembre de 1995.
Los puntos clave incluyen la obligación de las Comunidades Autónomas de designar zonas especiales de conservación que garanticen el mantenimiento de hábitats y especies en estado favorable. Además, se establecen medidas de conservación que deben ser implementadas para evitar el deterioro de estos espacios. La norma también prohíbe métodos de captura y sacrificio de especies que no sean sostenibles y permite excepciones bajo circunstancias específicas, como la protección de cultivos o la investigación. Asimismo, se contempla la cofinanciación de medidas de conservación por parte de la Unión Europea, lo que implica que las administraciones deben colaborar en la estimación de gastos necesarios para su implementación.
Esta norma no está derogada y sigue vigente, formando parte del marco legal para la protección de la biodiversidad en España.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1997/1995
- Fecha de la disposición
- 1995-12-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 310, 1995-12-28
- Entrada en vigor
- 1995-12-29
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-27761
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Mediante la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, se traspuso al ordenamiento jurídico interno parte de la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres.
En desarrollo de la citada Ley fueron dictados el Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección; el Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y pesca comercializables y se dictan normas al respecto, y el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, que contemplan algunas de las previsiones recogidas en la citada Directiva.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Red ecológica europea «Natura 2000».
- Artículo 4. Propuesta de lugares susceptibles de ser considerados como zonas especiales de conservación.
- Artículo 5. Zonas especiales de conservación.
- Artículo 6. Medidas de conservación.
- Artículo 7. Fomento de la gestión de los elementos del paisaje que sean primordiales para la fauna y la flora silvestres.
- Artículo 8. Organo de cooperación.
- Artículo 9. Cofinanciación.
- Artículo 10. Protección de especies.
- Artículo 11. Medidas compatibles con el mantenimiento de las especies.
- Artículo 12. Métodos prohibidos.
- Artículo 13. Medidas excepcionales.
- Disposición adicional primera. Carácter de norma básica.
- Disposición adicional segunda. Lugares y zonas de conservación coincidentes con Parques Nacionales.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se declara | la nulidad del art. 13.2, por Sentencia del TS de 15 de marzo de 1999 |
| Corrección de erratas | en BOE núm. 129, de 28 de mayo de 1996 |
| Se modifica | el art. 13 y los Anexos I y II, por Real Decreto 1193/1998, de 12 de junio |
| Se modifica | el art. 6, por Real Decreto 1421/2006, de 1 de diciembre |
| Se deroga | Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. |
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1997/1995?
- Real Decreto 1997/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1997/1995?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1997/1995?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.