Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano.
BOE-A-2011-971 · Boletín Oficial del Estado, 2011-01-19 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1798/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1798/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-12-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 16, 2011-01-19
- Entrada en vigor
- 2011-01-20
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 26
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-971
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
De acuerdo con la normativa vigente, las aguas que actualmente se envasan para consumo humano son las aguas minerales naturales, las aguas de manantial, las aguas preparadas y las aguas de consumo público envasadas. La presente disposición viene a regular exclusivamente las aguas minerales naturales y las aguas de manantial.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Declaración y autorización de aprovechamiento del manantial de «Agua mineral natural» y «Agua de manantial».
- Artículo 4. Obligaciones de los explotadores de la empresa alimentaria (industrias envasadoras y distribuidoras).
- Artículo 5. Distribución y venta.
- Artículo 6. Especificaciones.
- Artículo 7. Manipulaciones permitidas.
- Artículo 8. Manipulaciones prohibidas.
- Artículo 9. Etiquetado y publicidad.
- Artículo 10. Prohibiciones generales en relación con el etiquetado y envases.
- Artículo 11. Intercambio intracomunitario de las aguas minerales naturales y aguas de manantial.
- Artículo 12. Importaciones provenientes de países no pertenecientes a la Unión Europea.
- Artículo 13. Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
- Artículo 14. Autocontroles.
- Artículo 14.bis. Lista de observación en aguas de manantial.
- Artículo 15. Control oficial.
- Artículo 16. Métodos de análisis y toma de muestras.
- Artículo 17. Responsabilidades.
- Artículo 18. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria primera. Prórroga de comercialización.
- Disposición transitoria segunda. Tramitación de los procedimientos para la declaración y autorización.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1798/2010?
- Real Decreto 1798/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1798/2010?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1798/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.