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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera. Prórroga de comercialización.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano. · BOE-A-2011-971

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-20.

Texto consolidado

Las aguas minerales naturales y aguas de manantial, comercializadas o etiquetadas conforme a la legislación vigente con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, podrán comercializarse hasta agotar existencias, aunque no se ajusten a lo dispuesto en el mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-20.

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