Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
BOE-A-1999-20640 · Boletín Oficial del Estado, 1999-10-20 · Ministerio de Fomento
Real Decreto 1566/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1566/1999
- Fecha de la disposición
- 1999-10-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 251, 1999-10-20
- Entrada en vigor
- 1999-10-21
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-20640
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 96/35/CE, del Consejo, de 3 de junio, relativa a la designación y cualificación profesional de consejeros de seguridad para el transporte por carretera, por ferrocarril o por vía navegable de mercancías peligrosas, exige, como medida de seguridad preventiva, que las empresas que realicen tales transportes y las que efectúen operaciones de carga o descarga a ellos vinculadas habrán de disponer de uno o varios consejeros de seguridad encargados de contribuir a la prevención de los riesgos inherentes al transporte de mercancías peligrosas. Con el fin de que esta obligación se establezca de una manera homogénea en todos los Estados miembros, la citada Directiva determina las funciones y tareas que deberán realizar los consejeros de seguridad, la formación requerida para su desempeño y el modelo de certificado que acredita su condición.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Exenciones.
- Artículo 4. Designación.
- Artículo 5. Requisitos.
- Artículo 6. Funciones.
- Artículo 7. Obligaciones del consejero.
- Artículo 8. Partes de accidentes.
- Artículo 9. Obligaciones de las empresas.
- Disposición adicional primera. Validez de los certificados expedidos por los Estados miembros de la Unión Europea.
- Disposición adicional segunda. Obligatoriedad de la designación de consejeros.
- Disposición adicional tercera. Inscripción registral.
- Disposición adicional cuarta. Aplicación de la legislación sobre riesgos laborales.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
| Transpone | la Directiva 96/35/CE, de 3 de junio |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1566/1999?
- Real Decreto 1566/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1566/1999?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1566/1999?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.