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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Obligatoriedad de la designación de consejeros.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable. · BOE-A-1999-20640

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-10-21.

Texto consolidado

La obligación de las empresas de designar consejeros de seguridad será exigible a partir del día 31 de diciembre de 1999.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-10-21.

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