Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica.
BOE-A-2005-21163 · Boletín Oficial del Estado, 2005-12-24 · Ministerio del Interior
Real Decreto 1553/2005 está derogada desde el 2025-04-02: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1553/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 307, 2005-12-24
- Entrada en vigor
- 2005-12-25
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2025-04-02
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-21163
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en su artículo 9, reconoce el derecho de todos los españoles a que se les expida el Documento Nacional de Identidad, al que se atribuye el valor suficiente para acreditar, por sí solo, la identidad de las personas y le otorga la protección que a los documentos públicos y oficiales es reconocida por el ordenamiento jurídico.
La misma norma dispone la obligatoriedad del Documento Nacional de Identidad para los mayores de catorce años, salvo en los supuestos en que, conforme a lo previsto en la Ley, haya de ser sustituido por otro documento, y establece también que en el mismo figurarán la fotografía y la firma del titular, así como los datos personales que se determinen reglamentariamente.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza y funciones.
- Artículo 2. Derecho y obligación de obtenerlo.
- Artículo 3. Órgano competente para la expedición y gestión.
- Artículo 4. Procedimiento de expedición.
- Artículo 5. Requisitos para la expedición.
- Artículo 6. Validez.
- Artículo 7. Renovación.
- Artículo 8. Expedición de duplicados.
- Artículo 9. Entrega del Documento Nacional de Identidad.
- Artículo 10. Características de la tarjeta soporte.
- Artículo 11. Contenido.
- Artículo 12. Validez de los certificados electrónicos.
- Artículo 13. Declaración de Prácticas y Políticas de Certificación.
- Disposición adicional primera. Documento de sustitución del Documento Nacional de Identidad en supuestos de retirada de éste.
- Disposición adicional segunda. Documento Nacional de Identidad de los menores de edad.
- Disposición adicional tercera. Imposibilidad de expedición o renovación del Documento Nacional de Identidad.
- Disposición adicional cuarta. Remisión de información por vía telemática.
- Disposición transitoria única. Validez de los Documentos Nacionales de Identidad expedidos o renovados de conformidad con la normativa anterior a este Real Decreto y proceso de …
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo.
- Disposición final tercera. Tasas.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (7)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. |
| Deroga | el Decreto 196/1976, de 6 de febrero |
| Deroga | Real Decreto 1189/1978, de 2 de junio |
| Deroga | el Real Decreto 2002/1979, de 20 de julio |
| Deroga | Real Decreto 2091/1982, de 12 de agosto |
| Deroga | el Real Decreto 1245/1985, de 17 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1553/2005?
- Real Decreto 1553/2005 está derogada desde el 2025-04-02: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1553/2005?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1553/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.