Disposición adicional segunda. Documento Nacional de Identidad de los menores de edad.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica. · BOE-A-2005-21163
Atención: Real Decreto 1553/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La posesión del Documento Nacional de Identidad por los menores de edad no supone, por sí sola, autorización para desplazarse fuera del territorio nacional, debiendo ser suplida, a estos efectos, con la correspondiente autorización de quien ejerza la patria potestad o tutela.
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