Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad.
BOE-A-1989-28112 · Boletín Oficial del Estado, 1989-11-28 · Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Real Decreto 1427/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1427/1989
- Fecha de la disposición
- 1989-11-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 285, 1989-11-28
- Entrada en vigor
- 1989-11-29
- Departamento
- Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-1989-28112
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El apartado 5 de la disposición adicional tercera de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, encomienda al Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y, en su caso, del Ministro del que dependan los funcionarios afectados, la aprobación del correspondiente Arancel. Por otra parte, el apartado 3 de la disposición transitoria de la mencionada Ley determina que, en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor, el Gobierno elaborará nuevos Aranceles de los funcionarios públicos por el procedimiento previsto en el apanado 5 de la disposición adicional tercera. En cumplimiento de tales disposiciones se ha elaborado el presente Arancel de los Registradores. Su confección ha estado presidida por los siguientes criterios:
Índice del articulado
- Artículo 1.º Aprobación de los Aranceles.
- Art. 2.º Comisión de seguimiento.
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA
- DISPOSICIÓN FINAL
- Número 1. Presentación.
- Número 2. Inscripciones.
- Número 3. Notas marginales.
- Número 4. Publicidad formal.-
- Número 5. Dictamen registral.
- Número 6. Asientos de incapacidad e inhabilitación:
- Primera.
- Segunda.
- Tercera.
- Cuarta.
- Quinta.
- Sexta.
- Séptima.
- Octava.
- Novena.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1427/1989?
- Real Decreto 1427/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1427/1989?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1427/1989?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.