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Real Decreto Vigente

Séptima.

Séptima del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad. · BOE-A-1989-28112

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-11-29.

Texto consolidado

Un ejemplar completo del Arancel, con sus normas de aplicación y adicionales, y una tabla en que figuren los derechos correspondientes a bases comprendidas entre 1 y 50 millones de pesetas que sean múltiplos de 100.000, estará a disposición del público en todos los Registros de la Propiedad, anunciándose tal circunstancia en lugar visible de la oficina.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-11-29.

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