Novena.
Novena del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad. · BOE-A-1989-28112
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-18.
Texto consolidado
Las operaciones, con independencia de su modo de tramitación, que no tengan señalados derechos en el arancel no devengarán derecho de cobro ninguno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-17962.