Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras.
BOE-A-1997-21178 · Boletín Oficial del Estado, 1997-10-07 · Ministerio de Industria y Energía
Real Decreto 1389/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1389/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-09-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 240, 1997-10-07
- Entrada en vigor
- 1997-10-08
- Departamento
- Ministerio de Industria y Energía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-21178
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en las industrias extractivas está actualmente regulada, fundamentalmente, por el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, y el Reglamento de Policía Minera y Metalúrgica, de 23 de agosto de 1934, dentro de un amplio concepto en el que se establecen las reglas generales mínimas de seguridad a las que deben ajustarse las explotaciones de minas, canteras, salinas marítimas, aguas subterráneas, depósitos subterráneos naturales o artificiales, sondeos, excavaciones a cielo abierto o subterráneas, siempre que se requiera el uso de técnica minera o explosivos y los establecimientos de beneficio de recursos geológicos en los que se apliquen técnicas mineras.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Obligaciones generales.
- Artículo 4. Protección contra incendios, explosiones y atmósferas nocivas.
- Artículo 5. Medios de evacuación y salvamento.
- Artículo 6. Sistemas de comunicación, alerta y alarma.
- Artículo 7. Información a los trabajadores.
- Artículo 8. Vigilancia de la salud.
- Artículo 9. Consulta y participación de los trabajadores.
- Artículo 10. Disposiciones mínimas de seguridad y salud.
- Disposición transitoria primera. Plazo de adecuación de lugares de trabajo.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia de la normativa anterior.
- Disposición final primera. Plazo de adaptación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1389/1997?
- Real Decreto 1389/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1389/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.