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Real Decreto 1202/2010, de 24 de septiembre, por el que se establecen los plazos de revisión de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

BOE-A-2010-14656 · Boletín Oficial del Estado, 2010-09-25 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Real Decreto 1202/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula los plazos de revisión de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. Aplica a las entidades del sector eléctrico y se encuentra en vigor desde el 25 de septiembre de 2010.

Los puntos clave de este Real Decreto son: en primer lugar, establece que el Ministro de Industria, Turismo y Comercio revisará anualmente los peajes de acceso, aunque se permite una revisión más flexible en función de las circunstancias del mercado. En segundo lugar, si la revisión de los peajes afecta a las tarifas de último recurso, se realizará una revisión de estas tarifas para asegurar su coherencia. Por último, se derogan ciertas disposiciones anteriores que contradicen lo establecido en este decreto, lo que implica una actualización y simplificación del marco normativo en este ámbito.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1202/2010
Fecha de la disposición
2010-09-24
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 233, 2010-09-25
Entrada en vigor
2010-09-26
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
6
Identificador BOE
BOE-A-2010-14656
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 17/2007, de 4 de julio, modificó la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, de 26 de junio de 2003, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 96/92/CE.

El artículo 17.3 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, preceptúa que el Gobierno establecerá la metodología de cálculo de los peajes. Se completa de este modo la previsión del apartado 1 del mismo artículo, que dispone que el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dictará las disposiciones necesarias para el establecimiento de los peajes de acceso a las redes.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (3)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1202/2010?
Real Decreto 1202/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1202/2010?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1202/2010?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.