Disposición final segunda. Referencias a las tarifas de acceso.
Disposición final segunda del Real Decreto 1202/2010, de 24 de septiembre, por el que se establecen los plazos de revisión de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. · BOE-A-2010-14656
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-26.
Texto consolidado
De conformidad con el artículo 17 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, las referencias a las «tarifas de acceso» que se realizan en el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, en el Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica, y, en general, en las disposiciones relativas al sector eléctrico de igual o inferior rango normativo, se entenderán efectuadas a «peajes de acceso».