Real Decreto 1028/2022, de 20 de diciembre, por el que se desarrolla el Registro de Contratos Alimentarios.
BOE-A-2022-21680 · Boletín Oficial del Estado, 2022-12-21 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 1028/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1028/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-12-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 305, 2022-12-21
- Entrada en vigor
- 2022-12-22
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-21680
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, ha introducido en dicho cuerpo legal el artículo 11 bis, por el que se dispone que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación dispondrá de un registro digital en el que se inscribirán, con carácter obligatorio, los contratos alimentarios que se suscriban con los productores primarios y las agrupaciones de éstos, y sus modificaciones, antes de la entrega del producto objeto del contrato.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Sujetos obligados.
- Artículo 5. Objeto de la inscripción.
- Artículo 6. Plazo para la inscripción de los contratos alimentarios y sus modificaciones.
- Artículo 7. Organización administrativa del Registro de Contratos Alimentarios y naturaleza.
- Artículo 8. Naturaleza administrativa y carácter digital del Registro de Contratos Alimentarios.
- Artículo 9. Aplicación electrónica «Registro de Contratos Alimentarios».
- Artículo 10. Alta de los sujetos obligados.
- Artículo 11. Alta y baja de personal autorizado.
- Artículo 12. Procedimiento de inscripción de contratos alimentarios en el Registro de Contratos Alimentarios.
- Artículo 13. Procedimiento de inscripción de modificaciones contractuales.
- Artículo 14. Otras funcionalidades de la aplicación electrónica «Registro de Contratos Alimentarios».
- Artículo 15. Acceso a la información.
- Artículo 16. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria primera. Calendario de operatividad de la aplicación electrónica.
- Disposición transitoria segunda. Contratos alimentarios formalizados con anterioridad al 31 de enero de 2023.
- Disposición adicional primera. Coste económico.
- Disposición adicional segunda. Plena operatividad de la aplicación electrónica «Registro de Contratos Alimentarios» e inscripción de los contratos alimentarios y sus modificacio…
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1028/2022?
- Real Decreto 1028/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1028/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.