Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.
BOE-A-2024-1691 · Boletín Oficial del Estado, 2024-01-30 · Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Orden PJC/51/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-26.
Datos clave
- Rango
- Orden PJC/51/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-01-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 26, 2024-01-30
- Entrada en vigor
- 2024-01-31
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-26
- Artículos
- 59
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-1691
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La situación de prórroga presupuestaria automática desde el 1 de enero de 2024 deriva de la aplicación del artículo 134.4 de la Constitución Española y del artículo 38 de Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; de esta forma, de acuerdo con en el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, resulta de aplicación el artículo 122 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que estableció las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023 y que se prorrogan durante el año 2024.
Índice del articulado
- Artículo 1. Determinación de la base de cotización.
- Artículo 2. Topes máximo y mínimo de cotización.
- Artículo 3. Bases máximas y mínimas de cotización.
- Artículo 4. Tipos de cotización.
- Artículo 5. Cotización adicional por horas extraordinarias.
- Artículo 6. Cotización durante las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, nacimiento y cuidado del menor y ejercic…
- Artículo 7. Cotización en la situación de alta sin percibo de remuneración.
- Artículo 8. Base de cotización en la situación de desempleo protegido y durante la percepción de la prestación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.
- Artículo 9. Bases de cotización en los supuestos de reducción de jornada o suspensión de contrato.
- Artículo 10. Cotización en la situación de pluriempleo.
- Artículo 11. Cotización de los artistas.
- Artículo 12. Cotización de los profesionales taurinos.
- Artículo 13. Cotización en el Sistema Especial para las tareas de manipulado y empaquetado de tomate fresco dentro del Régimen General de la Seguridad Social.
- Artículo 14. Bases y tipos de cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Artículo 15. Bases y tipos de cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Artículo 16. Bases y tipos de cotización.
- Artículo 17. Bases y tipos de cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios establecido en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Tra…
- Artículo 18. Normas aplicables.
- Artículo 19. Peculiaridades en la cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
- Artículo 20. Coeficientes aplicables a las empresas excluidas de alguna contingencia.
- Artículo 21. Aplicación de los coeficientes reductores.
- Artículo 22. Coeficientes aplicables.
- Artículo 23. Determinación del coeficiente.
- Artículo 24. Determinación de la fracción de cuota.
- Artículo 25. Coeficientes aplicables.
- Artículo 26. Cotización adicional en contratos de duración determinada.
- Artículo 27. Cotización en los supuestos de abono de salarios con carácter retroactivo.
- Artículo 28. Cotización por percepciones correspondientes a vacaciones devengadas y no disfrutadas.
- Artículo 29. Cotización por los salarios de tramitación.
- Artículo 30. Tipo de cotización en supuestos especiales.
- Artículo 31. Bases y tipos de cotización por desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional de los trabajadores por cuenta ajena.
- Artículo 32. Bases y tipos de cotización por desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios est…
- Artículo 33. Bases y tipos de cotización por desempleo y por el Fondo de Garantía Salarial en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la…
- Artículo 34. Normas aplicables para la cotización por desempleo en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- Artículo 35. Bases y tipos de cotización por formación profesional, por cese de actividad, y durante la situación de incapacidad temporal transcurridos 60 días de los trabajador…
- Artículo 36. Bases de cotización.
- Artículo 37. Bases mínimas de cotización por contingencias comunes.
- Artículo 38. Cotización en los supuestos de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, nacimiento y cuidado del menor y ejercicio cor…
- Artículo 39. Cotización en la situación de pluriempleo.
- Artículo 40. Cotización en los supuestos de trabajo concentrado en períodos inferiores a los de alta.
- Artículo 41. Base mínima de cotización respecto de los socios de cooperativas de trabajo asociado, en los supuestos de contrato a tiempo parcial.
- Artículo 42. Cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Artículo 43. Cotización en los supuestos de guarda legal o cuidado directo de un familiar.
- Artículo 44. Determinación de las cuotas.
- Artículo 45. Cotización en el año 2024 por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, previstas en el apartado t…
- Disposición adicional primera. Cotización por contingencias profesionales en los supuestos de suspensión de la relación laboral.
- Disposición adicional segunda. Cotización por contingencias profesionales de los trabajadores desempleados que realicen trabajos de colaboración social.
- Disposición adicional tercera. Cotización durante la percepción de las prestaciones por desempleo por parte de las víctimas de violencia de género.
- Disposición adicional cuarta. Cotización de los empleados públicos encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Disposición adicional quinta. Cotización por contingencias profesionales de las personas sometidas a penas de trabajo en beneficio de la comunidad.
- Disposición adicional sexta. Cotización de los miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los T…
- Disposición adicional séptima. Cotización adicional correspondiente al mecanismo de equidad intergeneracional.
- Disposición adicional octava. Cotización en los supuestos del artículo 5 de la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el…
- Disposición transitoria primera. Ingreso de diferencias de cotización.
- Disposición transitoria segunda. Determinación provisional de las bases de cotización aplicables en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
- Disposición transitoria tercera. Opción de bases de cotización, en determinados supuestos, para los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de aplicación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se corrigen erratas | de la Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, en BOE núm. 82, de 3 de abril de 2024 |
| Se modifica | determinados preceptos, por Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo |
| Se modifica | el art. 24, por Orden PJC/1473/2024, de 26 de diciembre |
| Se modifica | , con efectos desde 1 de enero de 2024, el art. 24, por Orden PJC/656/2025, de 20 de junio |
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden PJC/51/2024?
- Orden PJC/51/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-26.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden PJC/51/2024?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden PJC/51/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.