Orden IET/2176/2014, de 20 de noviembre, por la que se desarrolla la metodología de cálculo y se fija el tipo de interés definitivo que devengarán los derechos de cobro de los déficits de ingresos y los desajustes temporales del sistema eléctrico anteriores a 2013.
BOE-A-2014-12100 · Boletín Oficial del Estado, 2014-11-22 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Orden IET/2176/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden IET/2176/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-11-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 283, 2014-11-22
- Entrada en vigor
- 2014-11-23
- Departamento
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-12100
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, modificada por el artículo 22 del Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, establece respecto al mecanismo transitorio de financiación del déficit en las actividades reguladas en el sector eléctrico hasta la titulización que: «Las empresas tendrán derecho a recuperar las aportaciones por este concepto, reconociéndoseles un tipo de interés en condiciones equivalentes a las del mercado, que empezará a devengarse a partir del uno de enero del año siguiente, y que deberá ser considerado de forma expresa en las disposiciones de aprobación de los peajes de acceso del periodo siguiente, con inclusión del importe correspondiente como coste permanente del…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Determinación del tipo de interés que devengarán los derechos de cobro de los déficits de ingresos y de los desajustes temporales.
- Artículo 4. Determinación de los comparadores de referencia.
- Artículo 5. Cálculo de los intereses definitivos devengados en el año t.
- Artículo 6. Cálculo del importe pendiente de cobro en el año t para el cálculo de los intereses devengados en el año t+1 para los déficits y desajustes de ingresos anteriores al…
- Artículo 7. Procedimiento de liquidación del tipo de interés definitivo devengado por los déficits y desajustes anteriores al año 2013.
- Disposición transitoria única. Tipo de interés definitivo que devengarán los derechos de cobro de los déficits y los desajustes temporales de ingresos anteriores al año 2013.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden IET/2176/2014?
- Orden IET/2176/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden IET/2176/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.