Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
BOE-A-2009-19121 · Boletín Oficial del Estado, 2009-11-30 · Ministerio de Fomento
Orden FOM/3218/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-05.
Datos clave
- Rango
- Orden FOM/3218/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-11-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 288, 2009-11-30
- Entrada en vigor
- 2009-12-01
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-05
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-19121
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Uno de los problemas de que adolece el transporte público por carretera es la elevada edad de una buena parte de los titulares de microempresas de transporte que, normalmente, simultanean la dirección de éstas, como empresarios autónomos, con la conducción del vehículo con que prestan sus servicios. Teniendo en cuenta que este problema se debe, en parte, a que estas personas suelen carecer de los recursos necesarios para poder abandonar la referida actividad, se considera oportuno continuar otorgando ayudas para facilitar su retirada.
Actualmente, la Orden FOM/2218/2008, de 23 de julio, establece las bases reguladoras para el otorgamiento de ayudas para fomentar el cese en la actividad de las personas de edad avanzada.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Normas aplicables.
- Artículo 3. Requisitos generales de los beneficiarios.
- Artículo 4. Requisitos relacionados con la actividad de transportista.
- Artículo 5. Solicitudes.
- Artículo 6. Convocatoria y procedimiento.
- Artículo 7. Criterios de valoración.
- Artículo 8. Cuantías.
- Artículo 9. Otorgamiento.
- Artículo 10. Requisitos para el pago.
- Artículo 11. Comprobaciones y obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 12. Compatibilidad de las ayudas.
- Artículo 13. Incumplimiento.
- Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
- Disposición adicional segunda. Sociedades unipersonales de transporte público.
- Disposición derogatoria única. Derogación.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Aplicación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el Real Decreto 1037/2009, de 29 de julio |
| Deroga | la Orden FOM/2218/2008, de 23 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden FOM/3218/2009?
- Orden FOM/3218/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-05.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden FOM/3218/2009?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden FOM/3218/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.