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Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para 2017.

BOE-A-2016-12465 · Boletín Oficial del Estado, 2016-12-29 · Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital

Orden ETU/1977/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas en el sector del gas natural para el año 2017. Aplica a las empresas que operan en este sector y entra en vigor el 1 de enero de 2017.

Entre los puntos clave, establece que las retribuciones de las empresas se calcularán con base en fórmulas específicas y una tasa de rentabilidad del 5,09%. También se fijan los peajes y cánones que deberán aplicarse a los usuarios que accedan a las instalaciones gasistas, así como los derechos de acometida y tarifas de alquiler de contadores. Además, se reconoce un déficit acumulado del sistema gasista de más de 1.025 millones de euros, que se recuperará en 15 anualidades. Por último, se habilita a MIBGAS, S.A. para negociar nuevos productos en el mercado organizado de gas, asegurando la separación contable de las actividades reguladas y no reguladas.

La norma no está derogada y sigue vigente en su aplicación.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden ETU/1977/2016
Fecha de la disposición
2016-12-23
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 314, 2016-12-29
Entrada en vigor
2017-01-01
Departamento
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
25
Identificador BOE
BOE-A-2016-12465
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 92.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, determina que corresponde a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecer mediante circular las metodologías para el cálculo de los peajes y cánones de los servicios básicos de acceso, transporte y distribución, regasificación y almacenamiento y carga de cisternas. A su vez, el artículo 91.2 de la citada ley dispone que reglamentariamente se establezca el régimen económico de los derechos por acometidas, alquiler de contadores y otros costes necesarios vinculados a las instalaciones.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (5)

Normas a las que afecta (7)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden ETU/1977/2016?
Orden ETU/1977/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden ETU/1977/2016?
El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ETU/1977/2016?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.