Orden ETD/465/2021, de 6 de mayo, por la que se regulan los métodos de identificación remota por vídeo para la expedición de certificados electrónicos cualificados.
BOE-A-2021-7966 · Boletín Oficial del Estado, 2021-05-14 · Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Orden ETD/465/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden ETD/465/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-05-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 115, 2021-05-14
- Entrada en vigor
- 2021-05-15
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-7966
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE, contempla la posibilidad de verificación de la identidad del solicitante de un certificado cualificado utilizando otros métodos de identificación reconocidos a escala nacional que garanticen una seguridad equivalente en términos de fiabilidad a la presencia física.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo.
- Artículo 3. Protección de datos de carácter personal.
- Artículo 4. Modalidades de identificación remota por vídeo.
- Artículo 5. Evaluación de la conformidad y comprobación del cumplimiento de requisitos.
- Artículo 6. Requisitos generales de seguridad.
- Artículo 7. Requisitos del personal y plan de formación.
- Artículo 8. Requisitos de los documentos de identidad utilizados en el proceso de identificación.
- Artículo 9. Requisitos de las instalaciones.
- Artículo 10. Condiciones generales del proceso de identificación.
- Artículo 11. Requisitos para la verificación de la identidad del solicitante y del documento de identidad.
- Artículo 12. Requisitos de la grabación y de conservación de pruebas.
- Disposición transitoria única.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Reglamento (UE) 910/2014, de 23 de julio |
| De conformidad con | Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ETD/465/2021?
- Orden ETD/465/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden ETD/465/2021?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ETD/465/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.